Experto plantea en UNAPEC actos poderes deben ser controlados por tribunales constitucionales

Santo Domingo, RD.- El presidente del Foro Iberoamericano del Derecho Administrativo (FIDA), doctor Jaime Rodríguez Arana, dijo durante una conferencia enla UniversidadAPEC (UNAPEC) que resulta necesario que los actos de los poderes públicos sean controlados por los tribunales constitucionales, para evitar el absolutismo y la arbitrariedad.

El doctor Rodríguez Arana dictó la conferencia “El derecho fundamental a la buena administración”, en un evento en el que estuvieron presentes los doctores Milton Ray Guevara, presidente del Tribunal Constitucional; Franklyn Holguín Haché, rector de UNAPEC, y Alejandro Moscoso Segarra, decano de Derecho de UNAPEC.

A la actividad, que tuvo efecto en el salón APEC de la Culturadoctor José María Bonetti Burgos, en el campus principal de la academia, asistieron profesores y estudiantes de UNAPEC, así como profesionales de distintas áreas.

El conferencista manifestó que son esenciales, en un estado social y democrático de derecho, la separación de los poderes públicos, la buena gestión administrativa, la primacía de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, la transparencia y la publicidad de los actos estatales.

El doctor Rodríguez Arana indicó que también son básicos la participación ciudadana mediante diálogos de entendimientos, para impedir el monopolio en las decisiones del Estado; el derecho a la calidad en la argumentación, y actuar con razón, racionalidad y justicia.

Al pronunciar las palabras de bienvenida, Moscoso Segarra destacó que el Tribunal Constitucional en su sentencia TC/0322/14 reconoció que el “derecho al buen gobierno o a la buena administración” constituye “un derecho fundamental nuevo entre nosotros”.

Indicó que el citado dictamen ha sido considerado una sentencia histórica, partiendo de que al momento de reconocer el rango fundamental del derecho a la buena administración, consagrado en la ley 107-13, ofrece la posibilidad de proteger este derecho, mediante la acción de amparo en la jurisdicción contenciosa administrativa.

“Es importante señalar que en esta sentencia el Tribunal Constitucional dominicano cita al doctor Rodríguez Arana, conferencista invitado, que tendrá la oportunidad de explicar con más detalles sobre “el derecho fundamental a la buena administración”.

Rodríguez Arana es doctor en derecho y catedrático de derecho administrativo enla UniversidaddeLa Coruña, donde a la vez funge como director del departamento de derecho público; doctor honoris causa dela Universidad Hispanoamericanade Nicaragua y profesor visitante y honorario en diversas universidades europeas y americanas.

También es miembro dela Academia Internacionalde Derecho Comparado deLa Haya, presidente del Consejo Académico del despacho de abogados Cremades&Calvo-Sotelo, y presidente dela Asociación Españolade Ciencias Administrativas.

El conferencista ha publicado libros y monografías de derecho público, entre ellos “La suspensión del acto administrativo” y “La prórroga de los contratos administrativos”, “El buen gobierno y la buena administración de instituciones públicas”, “Interés general, derecho administrativo y estado de bienestar”.

El doctor Rodríguez Arana fue galardonado con los premios “Decano Zárate y Penichez”, del Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, y “Decano Raimundo d’Adabal” del Colegio de Abogados de Barcelona. En 2003, fue distinguido por el gobierno español con la ‘Gran cruz de Isabella Católica’.